COMISIÒN TIERRA Y RECURSOS NATURALES
Antecedentes, marco y visión compartida:
“La propiedad privada tiene una función social y, en consecuencia, estará sometida a las obligaciones que establezca la ley con fines de bien común. Incumbe al Estado fiscalizar la distribución y la utilización del campo o intervenir con el objeto de desarrollar e incrementar su rendimiento en interés de la comunidad, y procurar a cada labriego o familia labriega la posibilidad de convertirse en propietario de la tierra que cultiva” (Art. 38 - Constitución Nacional de 1949).
“El capital debe estar al servicio de la economía nacional y tener como principal objeto el bienestar social. Sus diversas formas de explotación no pueden contrariar los fines de beneficio común del pueblo argentino” (Art. 39 - Constitución Nacional de 1949).
Atento a los Pactos Internacionales firmados por nuestro país en materia de Derechos Humanos, actualmente incorporados en nuestra Constitución Nacional en el artículo 75 inciso 22, que constituyen un verdadero cuerpo normativo de cumplimiento obligatorio, mas con la postura expresa de nuestro gobierno nacional y provincial de que la política de Derechos Humanos es una política de Estado; se impone la construcción de políticas públicas destinadas a este importante sector social y económico de nuestras provincias, los agricultores familiares, con un enfoque en los derechos.
Se realiza entonces la incorporación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos denominada comúnmente “Pacto de San José de Costa Rica” que en su cuerpo establece disposiciones acerca del Derecho de Propiedad consagrando su subordinación a un interés social:
“Artículo 21. Derecho a la Propiedad Privada
- Toda persona tiene derecho al uso y goce de sus bienes. La ley puede subordinar tal uso y goce al interés social”.
Si bien la Constitución Nacional establece que las provincias detentan el dominio originario de los recursos naturales (modificación introducida a partir de la Reforma Constitucional de los 90) entre las facultades del Poder Legislativo se cuenta la de:
Art. 75 inciso 19 “Proveer lo conducente al desarrollo humano, al progreso económico con justicia social, a la productividad de la economía nacional, a la generación de empleo, a la formación profesional de los trabajadores, a la defensa del valor de la moneda, a la investigación y al desarrollo científico y tecnológico, su difusión y aprovechamiento.
Proveer al crecimiento armónico de la Nación y al poblamiento de su territorio; promover políticas diferenciadas que tiendan a equilibrar el desigual desarrollo relativo de provincias y regiones. Para estas iniciativas, el Senado será Cámara de origen.”
Propuestas:
a) LEY NACIONAL DE TIERRAS
· Que limite (en la nacionalidad, en la extensión) la extranjerización de la tierra, ya sea a través de la propiedad o de la tenencia (arrendamientos)
· Que ponga límites a la concentración de la tierra.
· Que respete los principios del buen vivir de los pueblos originarios y la noción de propiedad comunitaria indígena cuando proceda.
· Que garantice el acceso al agua y establezca como de dominio público los recursos naturales estratégicos.
· Que disponga la reasignación de tierras a pequeños productores
b) LEY DE ARRENDAMIENTOS RURALES
· Que garantice la eliminación del contrato por cosecha, estableciendo plazos que permitan una agricultura sustentable económica y ambientalmente, es decir que contemple otros aspectos además del precio para suscribir el arrendamiento.
· Que se promueva el arrendamiento de arrendatarios históricos que hacen un uso sustentable de la parcela.
c) CREACIÒN DE UN INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS
· En cuya orbita funcionará el CATASTRO RURAL NACIONAL y el REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE NACIONAL, este Instituto además de proveer lo necesario a los institutos de tierra/colonización provinciales para democratizar y transparentar la distribución de la tierra fiscal.
· Asimismo este Instituto deberá coadyuvar a la valuación fiscal real de los inmuebles rurales por parte de las administraciones provinciales, a fin de incentivar un sistema impositivo equitativo y vinculado a los valores reales de los inmuebles que tenga en cuenta los incrementos de valor en virtud de la provisión de infraestructura e inversión pública estatal.
· Deberá generar mecanismos de fortalecimiento de los agricultores familiares para el acceso a la tierra, especialmente a favor de jóvenes y mujeres.
· Fortalecimiento a las empresas de gestión familiar.
· Deberá garantizar el fortalecimiento (técnico y financiero) de las instituciones provinciales involucradas en la regularización dominial o políticas de tierras fiscales.
d) PLAN NACIONAL DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL
· Con la necesaria participación de las organizaciones de base territoriales (campesinas, indígenas y chacareras) los gobiernos provinciales en gestión asociada y tripartita, garantizando la publicidad de los actos y procedimientos.
e) REGULACIÓN DE LOS CAMINOS RURALES
· Limitación de la extensión superficiaria sin caminos rurales de acceso y establecimiento de sanciones a fin de garantizar el acceso a ríos navegables, lagos o cursos de agua de dominio publico o bien a los fines de asegurar la continuidad y uso de los caminos rurales vecinales para fines de contralor impositivo y de seguridad social y condiciones de trabajo decente.
· f) REVISIÓN DE LOS PROCESOS DE ADJUDICACIÓN DE TIERRAS FISCALES PROVINCIALES Que supongan apropiación indebida por parte de particulares.
· Promover la revisión para los casos de administración o distribución fraudulenta de tierras fiscales por parte de las provincias.
g) CREACIÓN DE UN FUERO RURAL AMBIENTAL
· Se evidencia la necesidad de Jueces que conozcan la normativa ambiental y las especificidades de la temática así como lo relativo a las particularidades de la vida rural (campesina, indígena, chacarera) en cuanto a los modos de producción y uso de la tierra, sobre todo en lo que hace a las zonas extrapampeanas.
h) LEY NACIONAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
· Que contemple lo rural y lo urbano, con eje en la sustentabilidad ambiental, económica y social para un desarrollo armónico y equilibrado de todo el territorio nacional.
i) REGULACIÓN DE LAS BANQUINAS DE RUTAS NACIONALES Y PROVINCIALES
· Se propone el cobro por parte del estado nacional a través del OCCOVI o la DNV (Dirección Nacional de Vialidad) del uso indebido de banquinas por parte de grandes productores rurales.
j) PROPIEDAD COMUNITARIA INDIGENA
· Una vez sancionada la Ley de Propiedad Comunitaria Indígena (Decreto 700/2010) y realizados los reconocimientos en el marco de actuación del RETECI (relevamiento llevado a cabo por el INAI en el marco de la Ley 26.160)
k) LEY DE SUSPENSIÓN DE DESALOJOS DE LOS AGRICULTORES FAMILIARES CAMPESINOS
· Potenciar y promover el proyecto de ley que suspende los relajos de las comunidades y familias campesinas en el marco de un necesario respeto a los derechos humanos y al derecho a una vivienda adecuada, en el entendimiento que el Desalojo es una afección a este DDHH constitucionalmente consagrado.
· Dicha suspensión deberá prolongarse hasta tanto se lleve a cabo un relevamiento participativo de las situaciones de tenencia y posesión de la tierra pendientes de regularización.
l) TRATAMIENTO DE LA LEY DE INVERSIONES MINERAS
Acciones en el marco de estas propuestas:
a) Implementar y potenciar una política de desarrollo y ordenamiento estratégico territorial participativo a nivel de las provincias:
- Promover un plan estratégico de desarrollo territorial regulado por el Estado Nacional en consonancia directa con los Estados Provinciales, que rescate las redes complejas multiescalares y multiactorales en los territorios, brindando herramientas institucionales y recursos que posibiliten a los actores locales adquirir las competencias necesarias para transformarse y organizarse en agentes de desarrollo de su territorio.
- Que dicho PLAN supere el enfoque de desarrollo rural clásico, basado en una concepción sectorial y un modelo vertical que reduce “lo rural” a lo “agropecuario” aplicando políticas compensatorias o asistencialistas de simple ayuda a los beneficiarios.
b) Acceso y democratización de la tierra a través de medidas y herramientas que restrinjan la concentración y extranjerización de la tierra y el agua.
- Legislación especifica que limite la concentración de la tierra y agua.
- Establecer pautas de compra de tierras por parte de extranjeros. Que presenten planes de inversión legítimas.
- Recuperación de tierras para la agricultura de pequeña y mediana escala. Se propone que sea el Estado el primer comprador y que entregue por medio de concesiones y no ventas las tierras fiscales.
- Pueblos originarios: APLICACIÓN DE LEY 26.160 DE EMERGENCIA TERRITORIAL INDIGENA
- Acceso a información, educación jurídica, a recursos humanos calificados (abogados, agrimensores, etc.) por parte de población rural que no cuenta con los medios económicos, a fin de que ello facilite y promueva el acceso a trámites correspondientes a la regularización de la posesión, resistencia al desalojo y despojo de las tierras en posesión.
- Ley de suspensión de desalojos de los agricultores familiares (campesinos e indígenas).
- Ley de arrendamiento y contratos rurales
- Creación de Bancos de tierras Nacional y provinciales.
c) Fomentar por medio de medidas estratégicas la permanencia de población en zonas rurales promoviendo el desarrollo y arraigo en la tierra.
- Implementar políticas de fomento a la producción sustentable y el acceso a mercados, a fin de “sostener” y afianzar el sector. Se dijo: “es muy linda la propiedad pero si no hay incentivos, no sirve para nada”. Esto es: acceso a mercados, créditos, viviendas, infraestructura productiva, caminos, comunicación, educación, servicios, etc.
- Plan nacional de Poblamiento y arraigo rural
b) Promover la seguridad jurídica sobre el dominio de la tierra
- Reconocer que son titulares de derechos, de derechos civiles y políticos, de derechos económicos, sociales y culturales y de derechos de incidencia colectiva y que el Estado es responsable de respetar, proteger y hacer efectivo el disfrute de estos derechos, porque así se han comprometido en los instrumentos del derecho internacional suscriptos (artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales) (Ver documento Ramon Enriquez MAM)
- Relevar las situaciones de tenencia y posesión en tierras rurales y periurbanas.
- En materia de regularización dominial, efectivizar los marcos legales vigentes en lo relativo a la regularización de la posesión de tierras fiscales y privadas (Misiones)
- Entrega de títulos de propiedad a poseedores de tierras fiscales y privadas.
- Nuevas herramientas jurídicas sugeridas:
- Ley reguladora del uso de banquinas Rutas Nacionales
- Ley de no extranjerización de la tierra
- Ley arrendamiento y contratos rurales
- Ley de freno a los desalojos
- Legislar la extensión de tierra
- Modificar la Ley Nacional de Regularización Dominial Nº24374 para que sea de aplicación nacional (no por adhesión y comprenda predios rurales)
c) Producir conocimiento valido y actualizado, relevamiento, estado de situación de tenencias precarias en situaciones urbanas y periurbanas resultado de las migraciones campo ciudad. Acceso a vivienda y terrenos urbanos en todas las provincias
d) ESTADO- gestión estratégica e institucionalidad en los territorios
Reestructurar la institucionalidad en los territorios provinciales en sintonía con la política de desarrollo y ordenamiento estratégico territorial participativo conducida / regida desde la nación:
- Crear organismos de control (ente regulador) de tierras, aguas y RRNN a nivel territorial en las provincias. Su objetivo será regular, dar seguimiento, generar información, asesoramiento y conocimiento estratégico en lo referido a tierras, aguas y RRNN que de seguimiento a los casos, a las ventas, judicializaciones, expulsiones. Etc…. Contará con la representación (participación) de todos los sectores organizaciones sociales, gremiales, sindicales de pequeños y medianos productores y trabajadores rurales, organizaciones intermedias.
- Dentro de dicho espacio institucional asegurar trabajar de modo diferenciado por escala de extensión y por pertenencia étnica. (esto quiere decir: que los pueblos originarios tienen legislación diferente y derechos diferentes: garantizar la propiedad comunitaria convenio 169, y otros
- Ello se fundamenta en la defensoría de derechos de estas comunidades: campesinos, indígenas, ancianos, jóvenes, trabajadores rurales, etc.
- Generar / formar recursos humanos capaces de conducir la planificación territorial rural.
Recursos Naturales y Medio Ambiente
“Los minerales, las caídas de agua, los yacimientos de petróleo, de carbón y de gas, y las demás fuentes naturales de energía, con excepción de los vegetales, son propiedad imprescriptibles e inalienables de la Nación ” (Art. 40 - Constitución Nacional de 1949).
Los recursos naturales y la protección de los mismos mediante su aprovechamiento sustentable, deben ser motivo para la planificación e implementación de políticas de estado que privilegien su apropiación por los pequeños y medianos productores rurales que verdaderamente trabajen para proveer lo que el pueblo demande para su bienestar.
Para lograr estos objetivos estratégicos deberán promoverse:
- Políticas de tierra que garanticen la propiedad de las unidades productivas para todos los que verdaderamente las trabajen generando riqueza y no especulación.
- Asistencia financiera y técnica para que los productores rurales cuenten con los medios para producir mas y mejor.
- Políticas que contribuyan a crear conciencia sobre formas de trabajo sustentables.
Algunas acciones para que los beneficios de dichas políticas lleguen a sus destinatarios serían:
a) Implementar políticas eficaces contra incendios y erosión de Suelos.
- Elaboración de un PLAN NACIONAL contra la desertificación. Que implique capacitación, seguimiento y sanción.
- Estimular y fomentar la rotación de cultivos
- Ley nacional de conservación de aguas y Suelos
b) Implementar políticas eficaces a favor del cuidado y preservación de Aguas promoviendo la educación y prácticas a favor del cuidado, ahorro, eficiencia en el uso del recurso en el ámbito urbano como rural. Debe garantizarse el recurso para las pequeñas y medianas unidades productivas, como así también la provisión de agua segura a las pequeñas poblaciones rurales.
- Las instituciones del estado con ingerencia en la política agropecuaria, no participan en general, en las decisiones sobre el manejo del agua como insumo básico para la supervivencia de la producción rural. Esto debería ser corregido y los organismos que manejan la política agropecuaria, actuar decisivamente sobre la regulación del agua para la producción del agro.
- Generar conocimiento referido a la existencia de fuentes naturales de provisión de agua por medio de las estaciones hidrológicas, etc.
- Inventariar los recursos hídricos superficiales y subterráneos por cuenca y establecer pautas para su manejo dentro de la misma.
- Establecer el estado de base de la calidad del agua y controlarla periódicamente.
- Crear una autoridad de cuenca nacional que regule la provisión en función de la demanda y promueva la utilización eficiente del recurso, especialmente en los regadíos. Esta autoridad de cuenca deberá ser acordada con las autoridades del COHIFE, y de tener en cuenta a las existentes.
- Subsidiar instalaciones que permitan la captación de agua con el menor consumo energético posible.
- Incluir la “educación para el agua” en los planes de estudio de todos los niveles de la educación formal y especialmente en las escuelas agrotécnicas.
- Considerar al agua como variable decisiva para la producción agropecuaria, en los planes de Ordenamiento Territorial.
- Proyectar e instalar una red de estaciones hidrometeorológicas que brinden datos confiables para la planificación de la producción agropecuaria, el ordenamiento territorial y la prevención de contingencias.
- Desarrollar infraestructura en áreas rurales: pequeñas unidades para tratamiento de residuos cloacales en las colonias, sistemas de regulación para riego, protección de fuentes, etc.
- Implementar Plan hidrológico nacional
- Plan nacional de regadíos
- Protección de acuíferos
c) Implementar medidas eficaces a favor del cuidado y preservación de Bosques
- Prohibir / regular los desmontes por medio de multas.
- Garantizar la intervención del Estado Nacional y de la autoridad ambiental en el contralor de la Ley de Presupuestos Mínimos de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos y del cuidado de los bosques, y que su intervención no se limite al otorgamiento de incentivos financieros.
- TEMA extracción ilegal de madera nativa: fortalecimiento de las estructuras administrativas gubernamentales, destinadas al control y represión de la actividad extractiva ilegal, asumiéndolo como un daño significativo a la economía provincial.
- Promover entre los agricultores el cuidado de los “manchones” de monte nativo de sus unidades productivas, haciendo conciencia de la importancia de la diversidad biológica y de sus usos alternativos.
- Efectivizar la LEY DE BOSQUES EN LAS PROVINCIAS
- Promoción de políticas y acciones que se basen en el respeto y la defensa del legado cultural y ambiental que favorezcan el derecho y la participación de las comunidades organizadas.
- Reducir la pérdida actual de suelo fértil, con medidas eficaces de lucha contra los incendios y la erosión.
- Elaborar un Plan Nacional contra la Desertificación y ser aplicado con la máxima prioridad.
- Política hidrológica, desde una política de oferta hacia una de gestión de la demanda. Junto con las organizaciones involucradas, diseñar una nueva cultura del agua, proponer una estrategia de ahorro, eficiencia y reutilización de las aguas; Plan Hidrológico Nacional y Plan Nacional de Regadíos; un programa de actuaciones que reduzcan en 5 años las pérdidas en la red de distribución en un 80%; la protección de los acuíferos, acompasando la extracción con la recarga; y severos límites a la construcción de nuevos embalses y trasvases.
Anexo:
Acuerdos de la Comisión Ambiental : Eje tierra, agua y recursos naturales[1]
1. Principales problemáticas relacionadas a la tierra y recursos naturales. Región NEA
· Proceso agilizado de extranjerización y concentración de tierras.
· Región donde se concentra el mayor numero de población rural del país (23,7%), entre los en su gran mayoría están ligados en forma directa o indirecta a la agricultura familiar, entendiendo por agricultura familiar aquellas explotaciones donde la mano de obra familiar es preponderante.
· Se puede además encontrar una Importante proporción de pequeños y medianos agricultores familiares.
· Altos índices de pobreza rural. Asociado a ello ha avanzado sustancialmente la pobreza: el 71,3% de la población por debajo de la línea de pobreza, el 41,9% de la población en indigencia y un 35.1% de los hogares con NBI. La tasa de empleo es también la más baja: 30.2 de desempleo, junto con el deterioro del ingreso en los últimos años (-25,87 %). (INDEC 2001)
· Expulsión de población del campo a la ciudad. MIGRACION A CENTROS URBANOS
· Avance de las ciudades. (crecimiento) de áreas urbanas sobre áreas de quintas.
· Perdida progresiva de bosques nativos y la biodiversidad por desmontes;
· Progresivo deterioro de suelos por falta de manejo adecuado (uso indiscriminado de agrotóxicos);
· El agua ha pasado a ser un insumo crítico, habida cuenta de que su escasez constituye hoy un problema global, tanto para el consumo humano, como para la sostenibilidad de la producción agraria en muchos lugares del planeta.
· Especulación de los capitales concentrados transnacionales que han comenzado a lucrar con el agua, sobreexplotando fuentes de provisión para envasar o para exportar a granel, aumentando los riesgos de agotar y/o contaminar los recursos hídricos locales
· Tierra: Inseguridad jurídica
· No acceso a recursos por no tener regularizada la posesión. Exclusión
· Dependencias del estado (dispersión de acciones, desarticulación); Organismos obsoletos en el modo de funcionar…
2. Datos de Distribución de la tierra y destino/uso por provincia:
a) presencia de la AF en nro de explotaciones minifundistas y cuanto representan en términos de superficie de las provincias del NEA.
b) Situación jurídica en que se encuentra la AF (datos: proporción de propietarios según escala de extensión).
Misiones: Datos distribución tenencia, etc.
La superficie total de la Provincia de Misiones 29.801 km2 – 2.980.100ha. De acuerdo a los datos del CNA 2002, 27.955 EAPs constituyen el total censado en 2.067.804 ha . del territorio provincial.
En cuanto a la escala de las explotaciones agropecuarias y productivas, Misiones posee una estructura de tenencia altamente concentrada. Según el Censo Nacional Agropecuario las explotaciones de más de 5.000 hectáreas representan el 0,13% del total (36 EAP) y poseen el 32,5% del territorio (590.308ha). En el otro extremo, las explotaciones menores de 100 hectáreas representan el 93,64% del total (25.133 EAP) y ocupan una superficie de 731.785 has, esto es, el 35,39% del territorio.
En cuanto al régimen de tenencia, la categoría tierra privada representa el 94,8% de la superficie censada (siendo 1.959.465 ha ); bajo dominio fiscal el 2,5% (72.297 ha ); y el 1% Áreas sin discriminar (36.041 ha ).
Cantidad de EAP por régimen de tenencia: Total de EAP con toda su tierra en propiedad 82%, arrendamiento 1%, Ocupación con permiso 12%, ocupación de hecho 5%, otros 0% (ver gráfico 1).
Respecto del uso, el 45,6% Bosques y/o montes espontáneos (943.544 has); el 18% Bosques y/o montes implantados (371.928 has); el 11,4% Pastizales (236.322has); el 9,8% Cultivos perennes (202.612 has); el 4,4% superficie apta no utilizada (91.942 has); el 3,6% forrajeras perennes (74.270 has); y el 2,7% Cultivos anuales (55.525 has).
Los territorios rurales representan el 66% del territorio provincial.
De la comparación de los datos del censo 2002 con el censo anterior de 1988, se observa lo siguiente:
a) En relación al tamaño promedio de las EAPs se observa una reducción equivalente el -11% (de 82 ha 74 ha ) para toda la provincia;
b) Respecto al número total de EAPs, se percibe un aumento del 2% en el número de EAPs en el período intercensal (1988-2002); esto es: 27.517 a 27.959 respectivamente.
Nota detalle: en la región centro-este es donde se encuentra el mayor numero de explotaciones (31%) de la provincia. Cabe subrayar que en esa Región un 13% de las EAPs poseen límites indefinidos. En la comparación de los censos mencionados, se observa un aumento en el número de EAPs en simultáneo de una disminución de la superficie promedio. Ello estaría indicando el proceso de minifundización creciente en el NE, en paralelo de una concentración y desaparición del minifundio acentuado en el NO y SUR de la provincia donde se observa disminución de explotaciones a la vez que incremento del tamaño promedio de las EAPs, esto es: +23% y +10% respectivamente.
3. Antecedentes respecto de existencia de marcos legales provinciales que promuevan acciones de regularización, titulación de tierras fiscales, posesión de tierras privadas, entre otros
Provincia de Misiones:
Constitución Provincial: Artículo 55 Establece la función social de la tierra: “Art. 55.- Se dictarán las leyes necesarias para instaurar una reforma agraria que propicie el acceso del hombre a la propiedad de la tierra, el fortalecimiento de la familia campesina y la vigorización de la economía agraria.”
Plan de Arraigo y Colonización (Ley Nº4093) Sancionada en 2005. Establece la expropiación y adquisición por parte del Estado provincial de determinadas áreas de inmuebles privados ubicados en áreas rurales. Estos, una vez declarados de utilidad pública, estarían sujetos a la aplicación del mencionado Plan respetando las normas provinciales que rigen para la adjudicación de tierras fiscales. Serán entregadas a sus poseedores quienes deberán pagar en un plazo de diez años. La sanción y tratamiento de esta ley estuvo propiciada en gran medida por acciones de organizaciones de poseedores exigiendo la intermediación del Estado en el conflicto con los propietarios.
Plan Extraordinario de Regularización de Tierras Fiscales (Ley Nº4502) Sancionada en 2009, corresponde a tierras fiscales en ámbitos rurales y urbanos en todo el territorio de la provincia. Esta orientado resolver el problema de indefinición jurídica del dominio en tierras fiscales en todos los municipios de la provincia.
[1]Contenido de lo trabajado en NEA. Memoria realizada por José Portaneri, Lucas Michavila y Laura Kostlin
Acto de la CANPO, 20 de Abril en el Luna Park
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